DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014

Fecha: 10-Ene-2014

bienes del patrimonio de las entidades públicas

Respecto a los bienes del patrimonio de las entidades públicas, en los que se encuentran los bienes del patrimonio del Gobierno Municipal de San Lucas, la Constitución Política del Estado ha establecido en el art. 339.II: “Los bienes de patrimonio del Estado y de las entidades públicas  constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecho particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición, registro obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por la ley.” Por consiguiente, por mandato constitucional es preciso que una ley del nivel central del Estado, regule la calificación, inventario, administración, disposición, registro y formas de reivindicación de los bienes del patrimonio del Estado, siendo el contenido del artículo objeto de examen contrario a este mandato constitucional (las negrillas son añadidas).