DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014

Fecha: 10-Ene-2014

participar en la ejecución y administración de obras, planes y programas Municipales

La Carta Orgánica establece de manera taxativa entre varias acciones como deber, participar en la ejecución y administración de obras, planes y programas Municipales, lo que equivaldría intervenir junto al órgano ejecutivo del gobierno municipal a ejercer la facultad ejecutiva en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones conforme previene el art. 272 de la CPE, lo que no es posible porque, constitucionalmente el pueblo boliviano, incluidos los habitantes del municipio de San Lucas, participará en el diseño de políticas públicas, ejercerá el control social a la gestión pública, la calidad de los servicios públicos en todos los niveles, empresas e instituciones públicas, así lo establece el art. 241 de la CPE, Como se podrá advertir, no es posible imponer como obligación participar en la ejecución y administración de obras, planes y programas.