DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2014

Fecha: 10-Ene-2014

Capítulo Primero. Disposiciones Generalidades y sujetos de la participación ciudadana y control social

El Título Tercero se desarrolla en dos capítulos, el primero compuesto por ocho  artículos y el segundo por cuatro, se describe a las Disposiciones Generales y Sujetos de la Participación Ciudadana y Control Social; sin embargo, corresponde examinar el art. 50, referente al acceso a la información de las ciudadanas y los ciudadanos de San Lucas, al respecto en el marco del principio constitucional de transparencia, el art. 140 de la LMAD señala que “Sin necesidad de requerimiento expreso, cada gobierno autónomo debe publicar de manera regular y crear canales de permanente exposición ante la ciudadanía de sus planes, programas y proyectos, las contrataciones y reportes de ejecución concerniente a estos, los informes físicos y financieros, resultados, evaluaciones, balances, así como toda información relacionada a la gestión pública a su cargo. Asimismo, tiene la obligación de responder a los requerimientos de información específica formulados por cualquier ciudadana o ciudadano, organización social y organismo colegiado, permitir el acceso efectivo a la información  de cualquier entidad pública”. En ese sentido es una normativa que establece procedimientos, plazos y cuestiones propias a la organización institucional para garantizar una oportuna generación de información, y siempre que el fin sea para fines lícitos”