DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014

Fecha: 12-May-2014

"Artículo 63º.- ( Ausencia temporal de la Alcaldesa o Alcalde)

"Artículo 63º.- ( Ausencia temporal de la Alcaldesa o Alcalde) La ausencia por más de cinco días hábiles de la Alcaldesa o Alcalde Municipal por razones de interés del Gobierno Autónomo Municipal de Curahuara de Carangas, debe comunicar con 48 horas de anticipación al Concejo Municipal será sancionado conforme a Ley Municipal".