DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014

Fecha: 12-May-2014

Son competencias exclusivas

Los arts. 300.I.12 y 300.I.13 de la CPE establecen que "Son competencias exclusivas de los gobiernos departamentales autónomos, en su jurisdicción: "12. Otorgar personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen actividades en el departamento", y "13.Otorgar personalidad jurídica a Organizaciones No gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en el departamento".