DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2014

Fecha: 09-Sep-2014

Facultad Reglamentaria

De ello se colige que el marco constitucional solo prevé las facultades legislativa, fiscalizadora, reglamentaria, y ejecutiva, de las cuales, las dos últimas corresponden al órgano ejecutivo, no estando prevista constitucionalmente ninguna facultad propiamente ‘administrativa’, función ésta que se encuentra inmersa en la actividad de todos los órganos estatales y en todos los niveles.