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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015

    Fecha: 16-Jul-2015

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    • I.1. Contenido de la consulta
    • I.2. Admisión
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II. CONCLUSIÓN
    • PREÁMBULO
    • Artículo 2. (Visión del Municipio).
    • Artículo 3. (I
    • Artículo 8. (Principios Ético Morales y Valores).
    • Artículo 9. (Fines).
    • Artículo 10. (Derechos).
    • Artículo 11. (Derechos Políticos).
    • Artículo 12. (Inviolabilidad de los Derechos Fundamentales).
    • Artículo 16. (Colisión de normas).
    • Artículo 17. (Jerarquía Jurídica Interna).
    • Artículo 18. (Estructura Funcional del Gobierno Autónomo).
    • Artículo 19. (Órgano Legislativo Municipal).
    • Artículo 20. (Órgano Ejecutivo Municipal).
    • Artículo 21. (Naturaleza de los Órganos Legislativo y Ejecutivo).
    • Artículo 26. (Directiva y Comisiones).
    • Artículo 28. (De los Concejales y Concejalas Suplentes).
    • Artículo 30. (Incompatibilidades).
    • Artículo 34. (Procedimiento de elaboración de Leyes).
    • Artículo 35. (Proyectos de Ley Municipal).
    • Artículo 36. (Sanción de Leyes Municipales).
    • Artículo 38. (Promulgación de las Leyes Municipales).
    • Artículo 42. (
    • Artículo 43. (Atribuciones del Alcalde o Alcaldesa).
    • Artículo 46. (Suplencia en Ausencia Temporal del Alcalde o Alcaldesa).
    • Artículo 47. (Causales de Cesación o Revocatoria de Mandato).
    • Artículo 49. (Oficialías Mayores).
    • Artículo 51. (De las Servidoras y Servidores Públicos).
    • 2. Cargos designados y de libre nombramiento
    • Artículo 53. (Responsabilidad de las Servidoras y Servidores públicos municipales).
    • Artículo 55. (Intendencia Municipal).
    • Artículo 56. (Empresas Municipales).
    • Artículo 58. (Unidad de Transparencia Municipal).
    • Artículo 60. (De la Participación y Control Social).
    • Artículo 61. (Participación).
    • Artículo 62. (El Control Social).
    • Artículo 66. (Defensoría de la Ciudadana y Ciudadano).
    • Artículo 67. (Procedimiento de Transparencia y Rendición de Cuentas).
    • Artículo 69. (Gestión de riegos y atención de desastres).
    • Artículo 75. (Servicios y obras públicas).
    • Artículo 76. (Transporte).
    • Artículo 81. (Salud y Deportes).
    • Artículo 84. (Asignación y Ejecución de Competencias).
    • Artículo 85.  (Principios    de    la    Asignación   Competencial).
    • Artículo 86. (Competencias Compartidas con el Nivel Central).
    • Artículo 89. (Proceso de Asunción de Competencias).
    • Artículo 91. (Ubicación y Jurisdicción territorial).
    • Artículo 92. (Organización Territorial Ancestral y Cuerpo de Autoridades).
    • Artículo 98. (Disposiciones Generales Régimen Financiero).
    • Artículo 99. (Patrimonio y Bienes Municipales).
    • Artículo 100. (Bienes de Dominio Público).
    • Artículo 101. (Patrimonio Institucional).
    • Artículo 102. (Bienes Mancomunados).
    • Artículo 103. (Activos Fijos y de Capital).
    • Artículo 105. (Ingresos Propios).
    • Artículo 109. (Transferencia del Nivel Central o Departamentales).
    • Artículo 110. (Donaciones y Legados a Favor del Municipio).
    • Artículo 113. (Transferencias y Fondos).
    • Artículo 114. (Participación de las Regalías Departamentales).
    • Artículo 115. (Transferencia de Recursos por Ajuste Competencial).
    • Artículo 117. (Presupuesto Municipal).
    • Artículo 119. (Elaboración, Aprobación, Modificación y Ejecución del Presupuesto).
    • Artículo 120. (Presupuesto Plurianual Participativo).
    • Artículo 122. (Relación con la Contraloría General del Estado).
    • Artículo 124. (Auditoría Externa).
    • Artículo 128. (Planilla y Escala Salarial).
    • Artículo 132. (Plan de Ordenamiento Urbano Territorial).
    • Artículo 133. (Del Plan de Uso del Suelo).
    • Artículo 134. (Iniciativa Ciudadana).
    • Artículo 135. (Planificación Participativa).
    • Artículo 138. (Cabildo y Reuniones Interinstitucionales).
    • Artículo 142. (Del Derecho de los Adultos Mayores).
    • Artículo 144. (Del Derecho de la Mujer).
    • Artículo 147. (Del Derecho a la Salud).
    • Artículo 148. (De la Asamblea Municipal del Deporte).
    • Artículo 149. (Recreación).
    • Artículo 150. (Deporte).
    • Artículo 151. (Cultura).
    • Artículo 152. (Patrimonio Cultural).
    • Artículo 153. (Régimen de Seguridad y Soberanía Alimentaria).
    • Artículo 155. (Laboral).
    • Artículo 156. (Modelo de Desarrollo Económico).
    • Artículo 157. (Desarrollo Económico Local).
    • Artículo 158. (Del Complejo Económico Productivo).
    • Artículo 163. (Agro Ganadero).
    • Artículo 166. (Recursos para el Turismo).
    • Artículo 170. (Transporte).
    • Artículo 172. (Procedimiento de Reforma de la Carta Orgánica Municipal Total o Parcial).
    • Disposición Quinta.-
    • III.    FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1. El Estado Plurinacional de Derecho con autonomías
    • III.2. El control de constitucionalidad de proyectos de normas básicas autonómicas
    • III.3. La autonomía y el ejercicio competencial pleno y relativo
    • III.4. El control social
    • Fragmento 98
    • III.5. El Municipio
    • Fragmento 100
    • Fragmento 101
    • Fragmento 102
    • III.6. Análisis de compatibilidad
    • incompatibilidad
    • Autonomía
    • 1
    • la Carta Orgánica como toda norma institucional
    • 1.   Entidad
    • 10.
    • cuestión reservada únicamente a la norma constitucional,
    • “Artículo 13. (Deberes).
    • “Derecho Autonómico
    • “Artículo 25. (Conformación y Elección).
    • entendimiento
    • 3.
    • Artículo 75. (TRANSFERENCIA)
    • a)
    • compatibilidad
    • “Artículo 39. (Naturaleza Jurídica).
    • 2.
    • 9.
    • 15.
    • Fragmento 123
    • 24.
    • 25.
    • 29.
    • 32.
    • “Artículo 44. (Incompatibilidad y Prohibición).
    • “Artículo 48. (Suspensión Definitiva del Alcalde o Alcaldesa).
    • III.
    • Artículo 64. (Obligatoriedad de Coordinación).
    • que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes
    • la Carta Orgánica de Cocapata no podría establecer una figura que tenga las mismas características y las atribuciones que el defensor del pueblo
    • I.
    • “Artículo 87. (Competencias Concurrentes con el Nivel Central).
    • (RESERVA DE LEY)
    • “autónomo”
    • “Artículo 106. (Ingresos Tributarios).
    • 4. Facultad fiscalizadora.
    • “Artículo 126. (Disposiciones Generales Administración de Patrimonio).
    • II.
    • en la respectiva unidad territorial;
    • Artículo 145. (Del Derecho de las Personas con Capacidades Diferentes).
    • “Artículo 146. (Del Derecho a la Educación).
    • (Nivel Autonómico)
    • 12.
    • “Artículo 167. (Minería e hidrocarburos).
    • Una institución autárquica de derecho público
    • minera
    • IV.
    • 4.
    • Disposición Cuarta.-
    • “DE LAS DISPOSICIONES FINALES
    • 1º  LA INCOMPATIBILIDAD

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