DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015

Fecha: 16-Jul-2015

Artículo 172. (Procedimiento de Reforma de la Carta Orgánica Municipal Total o Parcial).

2.  En caso de reforma parcial, podrá activarse por iniciativa popular, con la firma, de al menos el treinta por ciento del padrón electoral del Municipio, o por el voto de dos tercios del pleno del Concejo Municipal, que emitirá una Ley Municipal de reforma de la Carta Orgánica. Reforma que estará sujeta, a referéndum aprobatorio.