DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015

Fecha: 16-Jul-2015

Artículo 36. (Sanción de Leyes Municipales).

Artículo 36. (Sanción de Leyes Municipales). La sanción de Leyes municipales y otros instrumentos normativos, se realizará por simple mayoría de los miembros del Concejo Municipal. Sólo las Leyes municipales especiales indicadas en la presente Carta Orgánica Municipal requerirán de dos tercios para su aprobación.