DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015
Fecha: 16-Jul-2015
1º LA INCOMPATIBILIDAD
1º LA INCOMPATIBILIDAD de los términos “Autónomo” y “SANCIONAMOS” inserto en el preámbulo, así como de los artículos: 1 en el término “autónomo”; 2 en el término “autónomo”; 3 en el término “autónomo”; 4; 6 en el término “autónomo”; 7 en el término “autónomo”; 9.10; 11 en la frase “y la ley”; 12; 13.4 y 7; el subtítulo “DERECHO AUTONOMICO” inserto en el Capítulo I del Título IV; 14 en la frase “la ley y la presente carta orgánica”; 15; 16; 17; 18.I en la frase “y la presente Carta Orgánica Municipal”; 19; 25; 27.4, 5, 7 en la frase “de la presente carta orgánica”; 28; 30; 31.3 en la frase “y concurrentes”, 4, 5 en la frase “y reglamentar” y 10 en la frase “y reglamentos”; 39 en la frase “administración, organizativa, ejecución técnica”; 41.2 en la frase “al día de la elección”, 4, 5 y 6 de la frase “reconocidos en la presente carta orgánica”; 42 en los términos “administrativa” y “organizativa, ejecución técnica”; 43.5 en el término “ordenanza municipal”; 6 y 7 en la frase “Ordenanzas y Resoluciones Municipales”, 9 en la frase “en casos excepcionales”, 15, 17, 24, 25 en la frase “con participación y Control Social en la conformación del directorio de la empresa”, 29 en la frase “debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal y el mecanismo de Participación y Control Social” y 32; 44.I; 47 en el término “o revocatoria”; 48; 51 en la frase “y las empresas municipales descentralizadas”; 52; 54.1 y 5; 57; 61; 62; 64; 66.I en la frase “en defensa de los derechos ciudadanos, el acceso a los servicios públicos que están consagrados en la Constitución Política del Estado y reconocidas por la presente Carta Orgánica Municipal”; 71 en la frase “y desarrollar”; 77 el epígrafe en la frase “cuencas y”, 1 en la frase “cuencas y” y 3; 78; 85; 86; 87; 90; 91 en el término “autónomo” y la frase “entre las coordenadas geográficas: Latitud Sud 17° 45’ a 18° 43’, Longitud Oeste de 67° 10’ a 67° 40’ del meridiano de Greenwich; con una altitud de 3.697 m.s.n.m; limita al Norte y Este con la Provincia Cercado, al Sud con la Provincia Sur Carangas, al Oeste con la Provincia Carangas y al Noroeste con la Provincia Nor Carangas”; 92; 93 en el término “autónomo”; 94.II en la frase “Ley municipal y”; 95; 96 en el término “autónomo”; 100; 101; 102; 106.I.d; 114; 115 el epígrafe en la frase “por ajuste competencial” y del texto “los recursos de ajuste competencial por”; 121; 124 en la frase “o del Control Social”; 126 en las frases “sus competencias previstas por” y “y la Ley Municipal”; 128 en el término “autónomo”; 132.I; 133; 135 en la frase “se reconoce al cabildo como máxima instancia de deliberación y planificación democrática participativa”; 137 en la frase “representativo y comunitario”; 138 en el término “constitucionales”; 140; el nomen juris del capítulo V, así como el epígrafe del art. 145 en el epígrafe, 7 y 8; 147.12; 149.II en el término “autónomo”; 150.II en el término “autónomo”; 153 en el término “autónomo” y 3; 155.1; 156 en el término “autónomo”; 167.3, 4 y 5; 168.5, 12 en la frase “prohibiendo la caza y comercialización de estas o declarando vedas para la extracción de plantas y caza de animales amenazadas”, 13 y 16; 170 en el término “interprovincial”; 171; 172.2, 3 y 4; disposición transitoria cuarta en la frase “Ley Municipal de Organización del Órgano Ejecutivo”; disposición transitoria quinta, disposición transitoria sexta y la disposición final en su numeral 3 del proyecto de Carta Orgánica del Municipio de Toledo.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Admisión
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II. CONCLUSIÓN
- PREÁMBULO
- Artículo 2. (Visión del Municipio).
- Artículo 3. (I
- Artículo 8. (Principios Ético Morales y Valores).
- Artículo 9. (Fines).
- Artículo 10. (Derechos).
- Artículo 11. (Derechos Políticos).
- Artículo 12. (Inviolabilidad de los Derechos Fundamentales).
- Artículo 16. (Colisión de normas).
- Artículo 17. (Jerarquía Jurídica Interna).
- Artículo 18. (Estructura Funcional del Gobierno Autónomo).
- Artículo 19. (Órgano Legislativo Municipal).
- Artículo 20. (Órgano Ejecutivo Municipal).
- Artículo 21. (Naturaleza de los Órganos Legislativo y Ejecutivo).
- Artículo 26. (Directiva y Comisiones).
- Artículo 28. (De los Concejales y Concejalas Suplentes).
- Artículo 30. (Incompatibilidades).
- Artículo 34. (Procedimiento de elaboración de Leyes).
- Artículo 35. (Proyectos de Ley Municipal).
- Artículo 36. (Sanción de Leyes Municipales).
- Artículo 38. (Promulgación de las Leyes Municipales).
- Artículo 42. (
- Artículo 43. (Atribuciones del Alcalde o Alcaldesa).
- Artículo 46. (Suplencia en Ausencia Temporal del Alcalde o Alcaldesa).
- Artículo 47. (Causales de Cesación o Revocatoria de Mandato).
- Artículo 49. (Oficialías Mayores).
- Artículo 51. (De las Servidoras y Servidores Públicos).
- 2. Cargos designados y de libre nombramiento
- Artículo 53. (Responsabilidad de las Servidoras y Servidores públicos municipales).
- Artículo 55. (Intendencia Municipal).
- Artículo 56. (Empresas Municipales).
- Artículo 58. (Unidad de Transparencia Municipal).
- Artículo 60. (De la Participación y Control Social).
- Artículo 61. (Participación).
- Artículo 62. (El Control Social).
- Artículo 66. (Defensoría de la Ciudadana y Ciudadano).
- Artículo 67. (Procedimiento de Transparencia y Rendición de Cuentas).
- Artículo 69. (Gestión de riegos y atención de desastres).
- Artículo 75. (Servicios y obras públicas).
- Artículo 76. (Transporte).
- Artículo 81. (Salud y Deportes).
- Artículo 84. (Asignación y Ejecución de Competencias).
- Artículo 85. (Principios de la Asignación Competencial).
- Artículo 86. (Competencias Compartidas con el Nivel Central).
- Artículo 89. (Proceso de Asunción de Competencias).
- Artículo 91. (Ubicación y Jurisdicción territorial).
- Artículo 92. (Organización Territorial Ancestral y Cuerpo de Autoridades).
- Artículo 98. (Disposiciones Generales Régimen Financiero).
- Artículo 99. (Patrimonio y Bienes Municipales).
- Artículo 100. (Bienes de Dominio Público).
- Artículo 101. (Patrimonio Institucional).
- Artículo 102. (Bienes Mancomunados).
- Artículo 103. (Activos Fijos y de Capital).
- Artículo 105. (Ingresos Propios).
- Artículo 109. (Transferencia del Nivel Central o Departamentales).
- Artículo 110. (Donaciones y Legados a Favor del Municipio).
- Artículo 113. (Transferencias y Fondos).
- Artículo 114. (Participación de las Regalías Departamentales).
- Artículo 115. (Transferencia de Recursos por Ajuste Competencial).
- Artículo 117. (Presupuesto Municipal).
- Artículo 119. (Elaboración, Aprobación, Modificación y Ejecución del Presupuesto).
- Artículo 120. (Presupuesto Plurianual Participativo).
- Artículo 122. (Relación con la Contraloría General del Estado).
- Artículo 124. (Auditoría Externa).
- Artículo 128. (Planilla y Escala Salarial).
- Artículo 132. (Plan de Ordenamiento Urbano Territorial).
- Artículo 133. (Del Plan de Uso del Suelo).
- Artículo 134. (Iniciativa Ciudadana).
- Artículo 135. (Planificación Participativa).
- Artículo 138. (Cabildo y Reuniones Interinstitucionales).
- Artículo 142. (Del Derecho de los Adultos Mayores).
- Artículo 144. (Del Derecho de la Mujer).
- Artículo 147. (Del Derecho a la Salud).
- Artículo 148. (De la Asamblea Municipal del Deporte).
- Artículo 149. (Recreación).
- Artículo 150. (Deporte).
- Artículo 151. (Cultura).
- Artículo 152. (Patrimonio Cultural).
- Artículo 153. (Régimen de Seguridad y Soberanía Alimentaria).
- Artículo 155. (Laboral).
- Artículo 156. (Modelo de Desarrollo Económico).
- Artículo 157. (Desarrollo Económico Local).
- Artículo 158. (Del Complejo Económico Productivo).
- Artículo 163. (Agro Ganadero).
- Artículo 166. (Recursos para el Turismo).
- Artículo 170. (Transporte).
- Artículo 172. (Procedimiento de Reforma de la Carta Orgánica Municipal Total o Parcial).
- Disposición Quinta.-
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. El Estado Plurinacional de Derecho con autonomías
- III.2. El control de constitucionalidad de proyectos de normas básicas autonómicas
- III.3. La autonomía y el ejercicio competencial pleno y relativo
- III.4. El control social
- Fragmento 98
- III.5. El Municipio
- Fragmento 100
- Fragmento 101
- Fragmento 102
- III.6. Análisis de compatibilidad
- incompatibilidad
- Autonomía
- 1
- la Carta Orgánica como toda norma institucional
- 1. Entidad
- 10.
- cuestión reservada únicamente a la norma constitucional,
- “Artículo 13. (Deberes).
- “Derecho Autonómico
- “Artículo 25. (Conformación y Elección).
- entendimiento
- 3.
- Artículo 75. (TRANSFERENCIA)
- a)
- compatibilidad
- “Artículo 39. (Naturaleza Jurídica).
- 2.
- 9.
- 15.
- Fragmento 123
- 24.
- 25.
- 29.
- 32.
- “Artículo 44. (Incompatibilidad y Prohibición).
- “Artículo 48. (Suspensión Definitiva del Alcalde o Alcaldesa).
- III.
- Artículo 64. (Obligatoriedad de Coordinación).
- que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes
- la Carta Orgánica de Cocapata no podría establecer una figura que tenga las mismas características y las atribuciones que el defensor del pueblo
- I.
- “Artículo 87. (Competencias Concurrentes con el Nivel Central).
- (RESERVA DE LEY)
- “autónomo”
- “Artículo 106. (Ingresos Tributarios).
- 4. Facultad fiscalizadora.
- “Artículo 126. (Disposiciones Generales Administración de Patrimonio).
- II.
- en la respectiva unidad territorial;
- Artículo 145. (Del Derecho de las Personas con Capacidades Diferentes).
- “Artículo 146. (Del Derecho a la Educación).
- (Nivel Autonómico)
- 12.
- “Artículo 167. (Minería e hidrocarburos).
- Una institución autárquica de derecho público
- minera
- IV.
- 4.
- Disposición Cuarta.-
- “DE LAS DISPOSICIONES FINALES
- 1º LA INCOMPATIBILIDAD