DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015

Fecha: 16-Jul-2015

24.

En el presente numeral, se tiene que el estatuyente ha unido dos competencias totalmente diferentes para desarrollarlas como si fueren una sola tarea, tergiversando lo señalado por el art. 302.I.22 y 29 de la CPE, que al pie señalan: “22. Expropiación de inmuebles en su jurisdicción por razones de utilidad y necesidad pública municipal, conforme al procedimiento establecido por Ley, así como establecer limitaciones administrativas y de servidumbre a la propiedad, por razones de orden técnico, jurídico y de interés público (…) 29. Desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos”.