DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016

Fecha: 14-Dic-2016

Artículo 36. Forma de elección de las y los Concejales

I. Las y los Concejales del Municipio se elegirán por mayoría simple de votos en lista separada de la del Alcalde o Alcaldesa y en casos de concejales indígenas originarios campesinos, por normas y procedimientos propios de su población. La Ley Municipal Electoral desarrollará el régimen para la elección de autoridades municipales electas.