DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016

Fecha: 14-Dic-2016

Artículo 66. Ingresos, tributación y otras recaudaciones

II. Las obligaciones tributarias son imprescriptibles, pudiéndose incentivar a los habitantes mediante descuentos para el pago ágil y exenciones en casos especiales, justificados técnica y socialmente y  debiendo ser definidos mediante reglamento aprobado por dos tercios de voto del Concejo Municipal.

V. El Concejo Municipal y las organizaciones sociales supervisarán y velarán por el cumplimiento de los descuentos tributarios, aportes y otras obligaciones públicas y orgánicas definidas para los adultos mayores, personas con discapacidad, áreas agrarias y otros, en aplicación de los principios de equidad y justicia social”.