DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016

Fecha: 14-Dic-2016

Artículo 72. Integralidad de la fiscalización

IV. El Concejo Municipal podrá fiscalizar mediante inspecciones en el lugar y la solicitud de informes e información al Órgano Ejecutivo, sobre lo cual podrán realizar el análisis de regularidad y hacer conocer las observaciones correspondientes al Alcalde o Alcaldesa, para su rectificación, así como otros mecanismos, sin que ello implique limitaciones al ejercicio de la fiscalización.

V. El Concejo Municipal y la administración central de la Alcaldía son responsables de la fiscalización y control integral y efectiva permanente a la gestión de cada una de las entidades descentralizadas del Gobierno Autónomo Municipal, mediante la participación en sus Consejos Directivos, supervisión administrativa, inspecciones oportunas a las actividades ejecutivas y operativas, y otras acciones de participación, prevención e intervención correspondientes”.