DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016

Fecha: 14-Dic-2016

Artículo 75. Intolerancia a la corrupción

Por ninguna razón, los ciudadanos, ciudadanas, actores y representantes de la sociedad y del Gobierno Autónomo Municipal tolerarán los actos de corrupción, tanto en la administración del Estado, como en el manejo de las organizaciones sociales. Todo ciudadano o ciudadana, servidora o servidor público, organización social e institución tiene la obligación de prevenir, advertir y denunciar todos los actos de corrupción, nepotismo e irregularidades suscitadas en la administración pública y en las organizaciones sociales”.