DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016

Fecha: 14-Dic-2016

de modo que si la carta orgánica contiene regulaciones referidas a competencias compartidas o concurrentes,

En esa misma lógica, ocurre un fenómeno similar, con la ‘sujeción competencial’; es decir, que bajo los fundamentos anteriormente señalados, con referencia al principio de competencia y su incidencia en el complejo sistema de fuentes, en el caso de las competencias concurrentes y compartidas, la sujeción está marcada por el ámbito competencial, de modo que si la carta orgánica contiene regulaciones referidas a competencias compartidas o concurrentes, (que tienen su fuente en el nivel central del Estado) estas disposiciones si se encontraran sujetas a las leyes del nivel central, más de ninguna manera subordinada a estas.