SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 12-Oct-2017

a falta de norma autonómica básica

Orgánica que rija como norma institucional básica, misma que debe ser validada mediante referendo y voto popular. Una vez en vigencia, toda normativa municipal se desprenderá de ella y no podrá contradecirla; de      no elaborarla o no ser aprobada por el soberano en referendo, en     aplicación del art. 271 constitucional se sanciona la Ley Marco de    Autonomías y Descentralización “Andrés Ibañez”, cuyo objeto es regular        el régimen de autonomías y las bases de la organización territorial, esa  norma legal en su art. 11.II, tomó la previsión que a falta de norma autonómica básica, el nivel central del Estado tiene la potestad de       emitir una ley supletoria para el ejercicio de los derechos de autonomía,    con la que se rijan en lo que no hubieran legislado a través de su órgano legitimado, disposición declarada constitucional por la SCP 2055/2012, citada en los fundamentos jurídicos ut supra.