SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 12-Oct-2017

no sea contraria a la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales

De lo glosado se infiere que, la Disposición Transitoria Cuarta impugnada, al determinar que la legislación municipal sancionada hasta antes del 9 de enero de 2014, se mantendrá vigente siempre y cuando no sea contraria a la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, le otorgó a esta norma, un carácter abrogatorio de ordenanzas y leyes municipales sin ningún tipo de discriminación  del objeto regulado, seas materias exclusivas u otras, vulnerando así la naturaleza del modelo autonómico dispuesto por el art. 1 de la Norma Suprema; asimismo, vulnerando el mandato constitucional de los arts. 272, 275, 283 y 302.I de la CPE, que en ejercicio de la   facultad legislativa de las entidades territoriales autónomas, sólo le corresponde a los concejos municipales la derogatoria o abrogatoria  de leyes que legislen materias del catálogo competencial exclusivo, y de no haberlo hecho, de forma opcional por decisión propia y única  de la autoridad municipal acudir a la norma supletoria, resultando inadmisible que esta pueda ser impuesta de forma obligatoria como cualquier otra ley dictada en el marco de sus competencias propias.