SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 12-Oct-2017

arroga la potestad derogatoria y abrogatoria

Contrariamente a lo preceptuado, la norma impugnada en la disposición cuarta, desconociendo el principio de autogobierno y un proceso previo sobre la base de norma legal especial vigente hasta  ese entonces, se arroga la potestad derogatoria y abrogatoria de las disposiciones autonómicas previas a la Ley 482 al disponer:     “La normativa legal Municipal dictada y promulgada con anterioridad  a la presente Ley, se mantendrá vigente siempre y cuando no sea contraria a la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, y la presente Ley” (negrilla    añadido), sin discriminar el tipo de materia legislada, si son    exclusivas del nivel municipal, o compartidas sobre las cuales el nivel central sí tiene potestad primigenia de su legislación, conforme al art. 297.I.3 y 4 de la CPE; en cuyo caso, su aplicación es preferencial a la norma municipal por razón de competencia y materia.