SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017

Fecha: 12-Oct-2017

un pleno dominio         sobre su catálogo de materias exclusivas

En consecuencia el modelo autonómico vigente, le faculta a las entidades  municipales, a fin de efectivizar su función básica consistente en impulsar    el desarrollo económico local, humano y desarrollo urbano a través de la prestación de servicios públicos a la población, un pleno dominio         sobre su catálogo de materias exclusivas, sobre las cuales, el constituyente ha establecido un blindaje en favor de los      gobiernos municipales, conforme al principio de autogobierno  consagrado en el art. 270 de la CPE y el diseño constitucional del manejo    de la cosa pública, descrito en los fundamentos del apartado III.3 y 4 de       la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; pues, ningún otro nivel incluido el central, podrá emitir legislación sobre las 43 materias comprendidas en el art. 302.I de la Norma Suprema, toda vez que su configuración para aplicar políticas públicas, le corresponde sólo a los  concejos municipales en coordinación con el órgano ejecutivo y     los actores sociales de su jurisdicción, en mérito a los arts. 12, 272,       241, 242 y 284.I de la CPE;mientras, la reglamentación de esa norma        legal para hacerla operativa y ejecutar sus mandatos, le corresponde a         las reparticiones ejecutivas.