DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2019

Fecha: 03-Abr-2019

conforme a los requisitos y condiciones establecidos por ley

Del precepto reformulado, se señala que el consultante optó por eliminar el término observado; en tal razón, corresponde realizar el test de constitucionalidad al texto en cuestión, cuyo contenido discurre en torno a la conversión de la ETA de Toledo a otro tipo de autonomía, sujetando la misma a lo previsto en la Norma Suprema; en virtud a lo cual, la disposición reformulada no presenta contradicción alguna con la Constitución Política del Estado, pues conforme establece el art. 294.II de dicha norma constitucional: “La decisión de convertir un municipio en autonomía indígena originario campesina se adoptará mediante referendo conforme a los requisitos y condiciones establecidos por ley” (negrillas agregadas), en tal razón, el titular de la reserva de ley es el nivel central del Estado, siendo esta la instancia que, a través de una ley, regulará las directrices para que el municipio opte por la transformación en autonomía indígena originaria campesina.