DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2019

Fecha: 03-Abr-2019

II.3.

II.3.  Las modificaciones realizadas al proyecto de COM de Toledo están específicamente referidas a la incompatibilidad con los preceptos constitucionales de las siguientes disposiciones: “…de los términos ‘Autónomo’ y ‘SANCIONAMOS’ insertos en el preámbulo, así como de los artículos 1 en el término ‘autónomo’; 2 en el término ‘autónomo’; 3 en el término ‘autónomo’; 4; 6 en el término ‘autónomo’; 7 en el término ‘autónomo’; 9.10; 11 en la frase ‘y la ley’; 12; 13.4 y 7; el subtítulo ‘DERECHO AUTONÓMICO’ inserto en el Capítulo I del Título IV; 14 en la frase ‘la ley y la presente carta orgánica’; 15; 16; 17; 18.I en la frase ‘y la presente Carta Orgánica Municipal’; 19; 25; 27.4, 5, 7 en la frase ‘de la presente carta orgánica’; 28; 30; 31.3 en la frase ‘y concurrentes’, 4, 5 en la frase ‘y reglamentar’ y 10 en la frase ‘y reglamentos’; 39 en la frase ‘administración, organizativa, ejecución técnica’; 41.2 en la frase ‘al día de la elección’, 4, 5 y 6 de la frase ‘reconocidos en la presente carta  orgánica’; 42 en los términos ‘administrativa’ y ‘organizativa, ejecución técnica’; 43.5 en el término ‘ordenanza municipal’; 6 y 7 en la frase ‘Ordenanzas y Resoluciones Municipales’, 9 en la frase ‘en casos excepcionales’, 15, 17, 24, 25 en la frase ‘con participación y Control Social en la conformación del directorio de la empresa’, 29 en la frase ‘debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal y el mecanismo de Participación y Control Social’ y 32; 44.I; 47 en el término ‘o revocatoria’; 48; 51 en la frase ‘y las empresas municipales descentralizadas’; 52; 54.1 y 5; 57; 61; 62; 64; 66.I en la frase ‘en defensa de los derechos ciudadanos, el acceso a los servicios públicos que están consagrados en la Constitución Política del Estado y reconocidas por la presente Carta Orgánica Municipal’; 71 en la frase ‘y desarrollar’; 77 el epígrafe en la frase ‘cuencas y’, 1 en la frase ‘cuencas y’ y 3; 78; 85; 86; 87; 90; 91 en el término ‘autónomo’ y la frase ‘entre las coordenadas geográficas: Latitud Sud 17° 45’ a 18° 43’, Longitud Oeste de 67° 10’ a 67° 40’ del meridiano de Greenwich; con una altitud de 3.697 m.s.n.m; limita al Norte y Este con la Provincia Cercado, al Sud con la Provincia Sur Carangas, al Oeste con la Provincia Carangas y al Noroeste con la Provincia Nor Carangas’; 92; 93 en el término ‘autónomo’; 94.II en la frase ‘Ley municipal y’; 95; 96 en el término ‘autónomo’; 100; 101; 102; 106.I.d; 114; 115 el epígrafe en la frase ‘por ajuste competencial’ y del texto ‘los recursos de ajuste competencial por’; 121; 124 en la frase ‘o del Control Social’; 126 en las frases ‘sus competencias previstas por’ y ‘y la Ley Municipal’; 128 en el término ‘autónomo’; 132.I; 133; 135 en la frase ‘se reconoce al cabildo como máxima instancia de deliberación y planificación democrática participativa’; 137 en la frase ‘representativo y comunitario’; 138 en el término ‘constitucionales’; 140; el nomen juris del capítulo V, así como el epígrafe del art. 145 en el epígrafe, 7 y 8; 147.12; 149.II en el término ‘autónomo’; 150.II en el término ‘autónomo’; 153 en el término ‘autónomo’ y 3; 155.1; 156 en el término ‘autónomo’; 167.3, 4 y 5; 168.5, 12 en la frase ‘prohibiendo la caza y comercialización de estas o declarando vedas para la extracción de plantas y caza de animales amenazadas’, 13 y 16; 170 en el término ‘interprovincial’; 171; 172.2, 3 y 4; disposición transitoria cuarta en la frase ‘Ley Municipal de Organización del Órgano Ejecutivo’; disposición transitoria quinta, disposición transitoria sexta y la disposición final en su numeral 3 del proyecto de Carta Orgánica del Municipio de Toledo”.