Auto Supremo AS/0478/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0478/2016

Fecha: 12-May-2016

III.3.- Respecto a los Créditos Documentarios (Acreditivos)

III.3.- Respecto a los Créditos Documentarios (Acreditivos):
El Art. 1394 del Código de Comercio, desarrolla que: “(Concepto) Se entiende por crédito documentario el acuerdo mediante el cual un Banco, obrando por cuenta y de acuerdo con las instrucciones del ordenante, se obliga directamente o mediante un corresponsal, a pagar a la orden del beneficiario una determinada cantidad de dinero o a pagar, aceptar o negociar letras de cambio contra entrega de los documentos, de conformidad a los términos y condiciones estipulados en el contrato”