Auto Supremo AS/0216/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

h) Reclama la violación de la garantía del non bis in ídem, establecido en el


h) Reclama la violación de la garantía del non bis in ídem, establecido en el art. 117.II de la CPE; en sentido que en el presente caso, existe el Auto Supremo 453 de 16 de noviembre de 2009 que al anular la condena determinó la validez de los resultados de la prueba ADN, dictaminando que se valoren las pruebas de forma correcta, que no deja lugar a dudas sobre la imposibilidad de comenzar un nuevo proceso, que tuviera la misma condena que fue anulada. Para responder a esta denuncia se debe comprender las características de este principio; que se puede dar en dos escenarios marcados; el primero, cuando se prohíbe el juzgamiento o procesamiento doble por el mismo hecho en dos causas distintas; y segundo, que una vez concluido el proceso con la dictación de la Sentencia ejecutoriada se pretenda reabrir el mismo caso por el que ya fue juzgado, en el presente motivo, el recurrente apunta al segundo caso, lo cual no sucedió, sino que al emitirse el Auto Supremo que anuló el Auto de Vista y conforme los criterios ya desglosados en el punto 3.a) de esta Resolución, dispuso se emita nueva Resolución, que en ninguna manera señaló que el Tribunal de alzada no tenía posibilidad de proceder a anular el juicio, entonces el proceso no fue concluido con la emisión de la Resolución de casación; por ello no puede hablarse de la vulneración del principio non bis in ídem, deviniendo el presente motivo como infundado