Sentencia SE/0330/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0330/2016

Fecha: 13-Jul-2016

A su vez, manifestó que no se consideró que los accionistas son personas (naturales o

A su vez, manifestó que no se consideró que los accionistas son personas (naturales o jurídicas) distintas a la Sociedad y que gozan de derechos y obligaciones distintos a las que puede tener la Sociedad en su relación bilateral con sus socios y frente a terceros, dándose la autonomía jurídica entre la personalidad de ésta y la de sus integrantes, siendo el ordenamiento jurídico quien reconoce la capacidad de que adquiera derechos y sea sujeto de deberes, reconociéndose a la persona jurídica como un ente autónomo y diferenciado jurídicamente sus socios; empero, la autoridad demandada desconoce que los accionistas son personas distintas a SOBOCE y en tal entendido, la Sociedad no puede ejercer sus derechos ni cumplir con sus obligaciones, al no gozar de una representación individual, ya que el accionar de la Sociedad responde a los intereses colectivos de todos los accionistas que reflejan los propios de SOBOCE