Sentencia SE/0330/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0330/2016

Fecha: 13-Jul-2016

De la misma forma, indicó que la conservación de las actas de la Sociedad permite

De la misma forma, indicó que la conservación de las actas de la Sociedad permite afirmar que el Libro de Actas de Juntas cumple con su objeto, ya que de ellas se puede extraer información clara, completa y fidedigna de las decisiones que adoptó la Sociedad, por lo que, se vulneró el art. 74 de la Ley 2341 y el art. 62-II del Reglamento del SEREFI y en mérito a todo ello, se declare nula la Resolución Jerárquica que confirma totalmente lo dispuesto por la Resolución Revocatoria y por ende la Resolución Sancionadora, al vulnerar el derecho a la defensa y al debido proceso, así como a la garantía de presunción de inocencia consagrados en los arts. 115-II y 116-II de la CPE, al no haber considerado el art. 40 del Código de Comercio