Sentencia SE/0330/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0330/2016

Fecha: 13-Jul-2016

En consideración a lo supra expuesto, este Tribunal en observancia del principio de verdad material,

En consideración a lo supra expuesto, este Tribunal en observancia del principio de verdad material, previa revisión de antecedentes verifica que en instancia administrativa y revocatorio se insertó a obrados tal documentación, máxime si a fs. 31 del Anexo recursivo jerárquico, cursa la prueba extrañada por las Autoridades recursivas consistente en la “Solicitud de Pago GNF-308/09 de 19 de marzo de 2010”, extendido de igual forma a favor de Gonzalo Belaunde Sánchez por el monto total de Bs. 50.000 por concepto de “Gastos Varios de Finanzas” elaborada por la Secretaria Gerencia Nacional de Análisis de Tesorería de SOBOCE, documento exhortado como respaldo del Comprobante de Pago FTL-FIN.CJ.004 de 19 de marzo de 2010