Sentencia SE/0330/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0330/2016

Fecha: 13-Jul-2016

Siguió manifestando que de la revisión efectuada por los Técnicos de la AEMP se

Siguió manifestando que de la revisión efectuada por los Técnicos de la AEMP se evidencia claramente en la notificación DTFVCOC/NOT/Nº 031/2011, que se manifestó por parte de la AEMP que los técnicos verificaron plenamente el Comprobante de Pago FRL-FIN.C.J. 004 Nº 365908 se encuentra respaldado con la Solicitud de Pago Nº 30809 y que erróneamente se mencionó que no se hubiese presentado o remitido a la AEMP, y sobre este aspecto la autoridad demandada omitió pronunciarse a pesar de que nuevamente se hizo entrega de una copia legalizada del documento extrañado y copia simple del Acta de Cierre de Fiscalización y sus Anexos con el recurso jerárquico, a pesar de no haber considerado la prueba aportada y solo dio fe a lo señalado por la Resolución de Revocatoria, incumpliéndose de esta manera la obligación de valorar la prueba en su integridad, con racionalidad y de acuerdo con el principio de sana critica en observancia del art. 29-III del Reglamento de SEREFI concordante con el art. 47-IV de la Ley 2341