AMPARO DIRECTO 40/2012. 21 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS; VOTARON CON SALVEDADES JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS. AUSENTE: SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 40/2012. 21 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS; VOTARON CON SALVEDADES JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS. AUSENTE: SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS.

Fecha: 21-Nov-2012

El Decreto Expropiatorio Publicado En El Diario Oficial El De Febrero De Dice

"Decreto que declara de utilidad pública la construcción de la presa y planta hidroeléctrica de La Angostura ...

"Primero. Se declara de utilidad pública la construcción de la presa y planta hidroeléctrica de La Angostura, en el Estado de Chiapas.

"Segundo. Para los fines de utilidad pública previstos en el punto que antecede, se expropian en beneficio de la Comisión Federal de Electricidad, las construcciones y terrenos ubicados dentro de la cuenca del Río Grijalva que quedan aguas arriba de la cortina de la presa y debajo de la cota 539 m.s.n.m.,(17) referida al banco de la estación de aforos La Angostura, identificado como banco 101, de Comisión Federal de Electricidad, elevación 426.692 m., cuyas coordenadas geográficas son: longitud 92° 45' oeste de Greenwich, latitud 16° 27' norte.

"Tercero. La indemnización correspondiente a los propietarios o titulares de los bienes expropiados, quedará a cargo de la Comisión Federal de Electricidad. El monto de la misma se fijará, de común acuerdo, entre aquéllos y la propia comisión, sujetándose a lo que al respecto disponen los artículos 10, 19 y 20 de la Ley de Expropiación y 26 de la Ley General de Bienes Nacionales.

"El importe de la indemnización que a cada afectado corresponda se cubrirá en efectivo y en un plazo que no excederá de 10 años contados a partir de la fecha en que entre en vigor este decreto.

"Cuarto. Notifíquese y publíquese este decreto como lo previene el artículo 4o. de la Ley de Expropiación.