AMPARO DIRECTO 307/2012. 31 DE MAYO DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JUAN MANUEL SERRATOS GARCÍA. PONENTE: EDUARDO FARÍAS GASCA. SECRETARIO: DANIEL MARCELINO NIÑO JIMÉNEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 307/2012. 31 DE MAYO DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JUAN MANUEL SERRATOS GARCÍA. PONENTE: EDUARDO FARÍAS GASCA. SECRETARIO: DANIEL MARCELINO NIÑO JIMÉNEZ.

Fecha: 31-May-2012

Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo

"‘Artículo 8o. Es improcedente el juicio ante el tribunal en los casos, por las causales y contra los actos siguientes:

"‘...

"‘IV. Cuando hubiere consentimiento, entendiéndose que hay consentimiento si no se promovió algún medio de defensa en los términos de las leyes respectivas o juicio ante el tribunal, en los plazos que señala esta ley. ...’

"‘Artículo 13. El demandante podrá presentar su demanda, mediante juicio en la vía tradicional, por escrito ante la sala regional competente o, en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea, para este último caso, el demandante deberá manifestar su opción al momento de presentar la demanda. Una vez que el demandante haya elegido su opción no podrá variarla. Cuando la autoridad tenga este carácter la demanda se presentará en todos los casos en línea a través del Sistema de Justicia en Línea.

"‘Para el caso de que el demandante no manifieste su opción al momento de presentar su demanda se entenderá que eligió tramitar el juicio en la vía tradicional.