CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 4/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO, QUINTO Y DÉCIMO TERCERO, TODOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. 24 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE QUINCE VOTOS DE LAS MAGISTRADAS Y MAGISTRAD
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 4/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO, QUINTO Y DÉCIMO TERCERO, TODOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. 24 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE QUINCE VOTOS DE LAS MAGISTRADAS Y MAGISTRAD

Fecha: 09-Dic-2022

De Este Modo Se Tiene Que El Artículo De La Constitución General Precisa Que

"La administración pública federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación.

"La [(sic) DOF 02-08-2007] leyes determinarán las relaciones entre las entidades paraestatales y el Ejecutivo Federal, o entre éstas y las Secretarías de Estado."

Por su parte, los artículos 1o., 2o., 3o., 9o., 26, 45, 48, 49 y 50, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, disponen lo siguiente:

"Artículo 1o. La presente ley establece las bases de organización de la administración pública federal, centralizada y paraestatal.

"La oficina de la presidencia de la República, las Secretarías de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los órganos reguladores coordinados integran la administración pública centralizada.

"Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal."

"Artículo 2o. En el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo encomendados al Poder Ejecutivo de la Unión, habrá las siguientes dependencias de la administración pública centralizada: