CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 4/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO, QUINTO Y DÉCIMO TERCERO, TODOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. 24 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE QUINCE VOTOS DE LAS MAGISTRADAS Y MAGISTRAD
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 4/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO, QUINTO Y DÉCIMO TERCERO, TODOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. 24 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE QUINCE VOTOS DE LAS MAGISTRADAS Y MAGISTRAD

Fecha: 09-Dic-2022

Naturaleza Gremial Del Sindicato Quejoso

"La amparista alega que no se trata de la existencia entre un sindicato mayoritario y uno minoritario, sino de organizaciones gremiales con sus particularidades, pues las condiciones generales de trabajo están dirigidas a un grupo específico de trabajadores entre los que no están los empleados en ciencias médicas y ayudantes de investigación, los cuales son un grupo históricamente excluido de la sindicación al dárseles la categoría de confianza, por lo que no debió imponerse el principio de sindicación única y las condiciones generales de trabajo.

"Los argumentos son fundados, aunque haya que suplir la deficiencia de la queja en términos de la fracción V del artículo 79 de la Ley de Amparo.