DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2014

Fecha: 11-Nov-2014

Artículo 22º (Procedimiento legislativo)

Los proyectos de leyes municipales para su tratamiento en el Concejo Municipal pueden ser presentados por uno o más Concejales, por las Comisiones del Concejo, la Alcaldesa o Alcalde Municipal, Subalcaldesa o Subalcalde, o mediante las instancias del sistema de participación y control social, o iniciativa legislativa ciudadana individual o colectiva, y de acuerdo al siguiente procedimiento: