DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014

Fecha: 08-Dic-2014

“Artículo 61. CONTROL, SEGUIMIENTO Y FISCALIZACIÓN

II. El Gobierno Autónomo fiscalizará conjuntamente con (la entidad social que ejerce el control social) el buen desempeño de las empresas municipales constituidas o las contratadas y reglamentará las competencias, funciones, objetivos y otros de las empresas municipales, conforme al artículo 302 inciso 26 e inciso 43 de la Constitución Política del Estado. Sin observación Artículo 48-”.

II. El Gobierno Autónomo fiscalizará conjuntamente con (la entidad social que ejerce el control social) el buen desempeño de las empresas municipales constituidas o las contratadas y reglamentará las competencias, funciones, objetivos y otros de las empresas municipales, conforme al artículo 302 inciso 26 e inciso 43 de la Constitución Política del Estado. Sin observación Artículo 48.-