DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 74. DE LAS COMPETENCIAS CONCURRENTES

El municipio ejercerá de forma concurrente con el Nivel Central del Estado las competencias señaladas en el artículo 299 Parágrafo II de la Constitución Política del Estado y el Sin observación Artículo 65 de Ley Marco de Autonomías y Descentralización, las facultades, reglamentaria y ejecutiva conjuntamente con el Nivel Central del Estado”.

El municipio ejercerá de forma concurrente con el Nivel Central del Estado las competencias señaladas en el artículo 299 Parágrafo II de la Constitución Política del Estado y el Sin observación Artículo 65 de Ley Marco de Autonomías y Descentralización, las facultades, reglamentaria y ejecutiva conjuntamente con el Nivel Central del Estado.