DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014

Fecha: 08-Dic-2014

infiriéndose que los distritos municipales facilitan la gestión administrativa de la ETA municipal, no considerándose a los mismos en espacios políticos sino de administración desconcentrada del gobierno municipal autónomo

Por su parte, la LMAD, en su art. 27.I, ha definido a los distritos como: “(…) espacios desconcentrados de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios, en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales, en los que podrán establecerse subalcaldías, de acuerdo a la carta orgánica o la normativa municipal”, infiriéndose que los distritos municipales facilitan la gestión administrativa de la ETA municipal, no considerándose a los mismos en espacios políticos sino de administración desconcentrada del gobierno municipal autónomo.

Debe tenerse presente, que en las relaciones entre el agente desconcentrador y el ente desconcentrado se mantienen bajo el principio de jerarquía; vale decir, mediante la subordinación de las autoridades administrativas designadas en virtud a esta desconcentración administrativa con respecto a la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) que se constituye en el agente desconcentrador.

En este entender, la pretensión de que los subalcaldes sean autoridades electas por voto universal en los distritos municipales, dará lugar a que éstos pierdan su cualidad de espacios desconcentrados de administración municipal, adquiriendo una característica política, lo cual no ha sido previsto por el constituyente, quien estableció de manera puntual la organización territorial del Estado Boliviano (art. 269.I CPE); en cuyo marco el subalcalde no puede adquirir una característica política dentro de un espacio que no se encuentra previsto en la organización territorial del Estado, correspondiéndole al distrito municipal la característica de espacio desconcentrado de administración de la ETA municipal.