03019-2013-07-CEA DCP 0003/2015 de 14 de enero
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

03019-2013-07-CEA DCP 0003/2015 de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 114º.- (Desarrollo Productivo)

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Cuevo podrá transferir recursos económicos en dinero o en especie a organizaciones económicas productivas y organizaciones territoriales con el objeto de estimular la actividad productiva y lograr seguridad alimentaria. El Órgano Legislativo mediante norma reglamentará el uso y destino de estos recursos”.

Sobre el art. 114 parágrafo II, la DCP 0003/2015, debió considerar que el Concejo Municipal, no puede emitir reglamentos; toda vez que, el Ejecutivo Municipal es el titular de la facultad reglamentaria, razón por la cual la frase “…El Órgano Legislativo mediante norma reglamentará el uso y destino de estos recursos…” contenida en el art. 114.II del proyecto de COM, debió ser declarado incompatible con la Constitución Política del Estado.