03019-2013-07-CEA DCP 0003/2015 de 14 de enero
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

03019-2013-07-CEA DCP 0003/2015 de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-2015

Sobre la literal e

En el nuevo marco constitucional el art. 12 de la CPE, ha establecido que el Estado boliviano se organiza y estructura su poder público a través de órganos de gobierno, aspecto similar concebido para las ETA, que se encuentran estructuradas a partir de un Órgano Ejecutivo y un Órgano Legislativo, en cuyo entendido la constitución de órganos establecidos tanto para el nivel central del Estado como para las ETA, establece la forma de organización estatal, en tal razón el denominativo “…poder ejecutivo…” no encuentra compatibilidad con la Constitución Política del Estado en el nuevo marco constitucional; toda vez que, la estructuración del aparato estatal en el actual escenario constitucional se encuentra basado en órganos de gobierno y ya no en poderes del Estado como ocurría con la Constitución Política del Estado abrogada, en cuyo entender debió declararse la incompatibilidad de la terminología empleada en la literal analizada del proyecto de Carta Orgánica.