03019-2013-07-CEA DCP 0003/2015 de 14 de enero
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

03019-2013-07-CEA DCP 0003/2015 de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-2015

Sobre el numeral 32

En el numeral 32 del art. 72, correspondía observar la frase “…mediante reglamento específico…”; toda vez que, el uso de suelo corresponde ser aprobado por ley municipal y no mediante reglamento, aspecto que se advierte de una interpretación sistemática del art. 72 del proyecto de COM, mismo que en su numeral 13, refiere que el uso de suelo será aprobado mediante ley, por lo que, ante esta incongruencia interna, por principio de seguridad jurídica correspondía declarar la incompatibilidad del numeral analizado.