DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015

Fecha: 16-Ene-2015

a) Servidores públicos electos:

a) Servidores públicos electos: Son aquellas personas cuya función pública se origina en un proceso eleccionario previsto por la Constitución Política del Estado. Estos servidores no están sujetos a las disposiciones relativas a la Carrera Administrativa Municipal y régimen laboral determinado por la Ley General del Trabajo. En esta clasificación se encuentran las Concejalas y los Concejales y Alcaldesa o Alcalde;