DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015

Fecha: 16-Ene-2015

declarar la incompatibilidad de dicho término, por ser contrario al art. 70 de la CPE, debiendo reformularse el mismo atendiendo los fundamentos que anteceden.

Forman parte de los derechos sociales y económicos que proclama la Constitución, los derechos de las personas con discapacidad, contemplados a partir del art. 70 de la Norma Suprema; el término con que se identifica a este sector de la población, rescata esencialmente la condición de seres humanos; pero que adolecen de alguna dificultad sico-fisiológica; empero, ello no sucede en la previsión analizada, porque alude a “discapacitados”, cuyo término incorpora la condición de discapacidad en el propio concepto de ser humano; por esta razón, corresponde declarar la incompatibilidad de dicho término, por ser contrario al art. 70 de la CPE, debiendo reformularse el mismo atendiendo los fundamentos que anteceden.