DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015

Fecha: 16-Ene-2015

ARTÍCULO 96. AUDITORÍA EXTERNA.

El Gobierno Autónomo Municipal podrá contratar la firma o consultora debidamente acreditada para realizar auditorías externas y examinar las operaciones o actividades ya realizadas por las unidades, a fin de calificar la eficacia de los sistemas de administración y control interno; opinar sobre la confiabilidad de los registros contables y operativos; dictaminar sobre la razonabilidad de los estados financieros; y evaluar los resultados de eficiencia y economía de las operaciones. Estas actividades de auditoría externa posterior podrán ser ejecutadas en forma separada, combinada o integral, y sus recomendaciones, discutidas y aceptadas por las autoridades municipales, son de obligatorio cumplimiento.