DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015

Fecha: 16-Ene-2015

I.2. Admisión

Por Auto Constitucional (AC) 0027/2014-CA de 10 de enero (fs. 517 a 520), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió la solicitud de control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Mizque de la provincia Mizque del departamento de Cochabamba.

Producido el sorteo de la causa el 3 de septiembre de 2014, mediante Decreto Constitucional de 12 de septiembre del mismo año, se requirió al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para que esta cartera estatal remita, informe respecto a la pertinencia sobre la incorporación en las cartas orgánicas municipales de sistemas propios de gestión pública, sobre la atribución del concejo municipal para regular el régimen de pasajes y viáticos, de ambos órganos del gobierno mediante ley municipal y finalmente que informen si los funcionarios públicos del órgano deliberante, que en el marco de la separación administrativa de órganos, deben tener firma autorizada para administrar cuentas corrientes fiscales, en mérito a esta solicitud se procedió a la suspensión del plazo para resolución hasta la entrega del informe mencionado; cuyo documento fue remitido al despacho relator; en consecuencia, luego de valorar el alcance de la información proporcionada y siendo suficiente la misma, por decreto de 13 de enero de 2015, cursante de fs. 557 a 558, se dispuso la reanudación del plazo principal; por lo que la presente Declaración Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro de término.