DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2015

Fecha: 16-Ene-2015

la incompatibilidad del término “Ordenanzas” de la previsión revisada, dada su falta de concordancia con los preceptos constitucionales mencionados.

A su vez, es necesario que el estatuyente municipal de Mizque, revise el alcance de las materias que pretende regular mediante ordenanzas municipales, dado que estas normas sólo tendrán por objeto regular aspectos internos del órgano legislativo municipal; y por tanto, no pueden encontrarse en un nivel jerárquico superior a decretos y reglamentos emitidos por el órgano ejecutivo municipal, por tratarse de normas que desarrollarán la legislación municipal atinente a todo ese gobierno y no a un órgano en particular; por lo expuesto, será menester declarar la incompatibilidad del término “Ordenanzas” de la previsión revisada, dada su falta de concordancia con los preceptos constitucionales mencionados.