I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia con la DCP 0005/2015 de 14 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia con la DCP 0005/2015 de 14 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.

Fecha: 14-Ene-2015

I.1.      Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia con la DCP 0005/2015 de 14 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.

El proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Ricardo Mujía “ICLA” del departamento de Chuquisaca, se constituye en un documento que, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, debe ser elaborado, aprobado por dos tercios del total de los miembros del Concejo Municipal, sometido a control previo de constitucionalidad y luego a referéndum aprobatorio, para que entre en vigencia como norma institucional básica de la Entidad Territorial Autónoma (ETA); por lo que, merece consideraciones propias que deben ser analizadas.