DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015

Fecha: 25-Feb-2015

art. 157

El art. 157 del proyecto, referido a acuerdos y convenios intergubernamentales señala: “El Gobierno Autónomo Municipal de Tomina puede contraer y firmar convenios con Instituciones Públicas y Privadas sin ningún condicionamiento, con el seguimiento del Control Social”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible en su integridad con la Constitución Política del Estado; toda vez que, conforme al 271 de la CPE, que nos remite al art. 133.I de la LMAD, que indica: “Los acuerdos intergubernativos destinados al desarrollo para el ejercicio coordinado de sus competencias y la implementación conjunta de programas y proyectos podrán suscribirse entre entidades territoriales autónomas o entre éstas con el nivel central del Estado. Estos acuerdos serán vinculantes para las partes con fuerza de ley, una vez ratificados por sus respectivos órganos deliberativos”; motivo por el cual, el contiendo del articulado debe ser reformulado conforme la norma señala.