DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015

Fecha: 25-Feb-2015

art. 90

El art. 90 del proyecto, respecto de rescate, fortalecimiento y promoción cultural en su parágrafo II, indica: “La riqueza natural, arqueológica, paleontológica, histórica, natural, documental y la procedente del culto religioso, música y de la danza, es patrimonio cultural del Municipio de Tomina”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado dado que en su art. 99.II, señala: “El Estado garantizará el registro, protección, restauración, recuperación, revitalización, enriquecimiento, promoción y difusión de su patrimonio cultural, de acuerdo con la ley”; en ese mandato, la Carta Orgánica no puede legislar sobre aspectos que serán determinados por una ley del nivel central; toda vez que, existe una reserva expresa dentro del articulado constitucional mencionado.