DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 59. DEFENSOR DEL CIUDADANO

Créase el defensor del ciudadano, que actuará con plena autonomía funcional, y administrativa en el marco de la Ley, sin recibir instrucción e influencia de ninguna autoridad; su función es defender, proteger, velar por la vigencia, la difusión y cumplimiento de los derechos, garantías y obligaciones de las ciudadanas, ciudadanos y de la sociedad civil y realizar la defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito Municipal mencionados en la presente Carta Orgánica dentro de la jurisdicción municipal, sus atribuciones y competencias serán establecidas mediante reglamento.