DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 60. INTENDENCIA Y GUARDIA MUNICIPAL

I.  La intendencia municipal, es el brazo operativo del Gobierno Autónomo Municipal de Tomina para coadyuvar el cumplimiento, ejercicio y ejecución de las competencias municipales establecidas en la Constitución y la Carta Orgánica así como en el cumplimiento de las leyes, resoluciones, políticas, estrategias, prevenciones y ordenamiento municipal emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal, cuyas atribuciones y competencias serán establecidas por norma expresa donde también se determinará su conformación, estructura, organización, jerarquía de mando y dependencia.

II. La Guardia Municipal es la unidad operativa de la Intendencia Municipal para el control, cumplimiento y ejecución de las disposiciones, emanadas por las Leyes y otras normas municipales del Gobierno Autónomo Municipal de Tomina, resguardando los derechos y deberes de la población; sus funciones y atribuciones serán reguladas por reglamento.