DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0041/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 23. ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL

7.   Revisar, aprobar o rechazar para su corrección o complementación el informe de ejecución del Programa de Operaciones Anual, los estados físicos-financieros-, ejecución presupuestaria y la memoria correspondiente a cada gestión anual, presentados por la Alcaldesa o Alcalde Municipal, de acuerdo a reglamentación.

8.   Aprobar, dentro de los primeros (30) treinta días de su presentación, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal, presentados por la alcaldesa o Alcalde Municipal en base al Plan de Desarrollo Municipal, utilizando la Planificación Participativa Municipal. Cuando el Concejo Municipal no se pronunciara en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados se darán por aprobados.

23. Aprobar mediante normativa el presupuesto del Concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de las Concejales y Concejales, Alcaldesa o Alcalde Municipal, Administración Municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; así como la escala de viáticos en función a la capacidad económica del Municipio.